Como es sabido a inicios del año 2020 el MINEDU ha publicado los requisitos para postularse como auxiliar de educación en los diferentes niveles, a continuación te dejamos la información actualizada.
EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR DEL NIVEL INICIAL
Haber culminado como mínimo el sexto (VI) ciclo de estudios pedagógicos o el sexto ciclo de estudios universitarios en educación, dichos estudios tienen que ser en educación inicial.
Haber culminado como mínimo el sexto (VI) ciclo de estudios pedagógicos o el sexto ciclo de estudios universitarios en educación en cualquier especialidad distinta a inicial y adicionalmente debe acreditar una capacitación mínima de cincuenta (50) horas relacionadas a la atención y cuidado en la primera infancia. El curso debe considerar la siguiente temática o sus equivalencias:
Desarrollo infantil temprano:
- El enfoque del nivel inicial: Noción de niño-niña, principios que guían la acción educativa.
- Características evolutivas de niños de 0 a 5 años.
- Los cuidados como una oportunidad para el aprendizaje de los niños.
- La actividad autónoma y juego como estrategia para el aprendizaje de los niños.
- El rol del adulto en el desarrollo y aprendizaje de los niños.
- Las interacciones efectivas para el desarrollo y aprendizaje de los niños y niñas.
EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR DEL NIVEL SECUNDARIA
Haber culminado como mínimo el sexto (VI) ciclo de estudios pedagógicos o el sexto ciclo de estudios universitarios en educación.
EDUCACIÓN BÁSICA ESPECIAL DEL NIVEL INICIAL Y PRIMARIA
Haber culminado como mínimo el sexto (VI) ciclo de estudios pedagógicos o el sexto ciclo de estudios universitario en educación, psicología o tecnología médica con mención en terapia ocupacional.
NO PUEDEN PARTICIPAR:
- Quienes se encuentren cumpliendo sanción de cese temporal
- Personas con 65 o más años de edad
- Personas que no acrediten los requisitos establecidos en la norma
- Personas que han sido condenadas por delitos consignados en la Ley N.° 29988 y la Ley Nº 30901.
- Ex servidores destituidos o separados del servicio, cuya sanción fue aplicada en los últimos cinco (5) años previos a la fecha de postulación
- Ex servidores sancionados con destitución o separación definitiva en el servicio por delitos contemplados en la Ley N.° 29988
- Personas con antecedentes penales por delitos dolosos
- Personas que estén cumpliendo condena condicional por delito doloso y los suspendidos e inhabilitados administrativa y/o judicialmente
- Personas inhabilitadas que cuenten con acto resolutivo, como consecuencia de falsificación, adulteración u otras faltas en los procesos de nombramiento o contratación de los últimos cinco (5) años previos a la fecha de postulación